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¿Qué se considera equipamiento?

Deberán ser rendidos dentro del rubro equipamiento los bienes que sean considerados inventariables para su institución beneficiaria.

Podrá adquirir con fondos del PICT los equipos que se encontraran presupuestados en el proyecto original. En el caso de que desee adquirir un equipo que no se haya incluido en el proyecto original deberá confeccionar una carta dirigida al Director del FONCyT donde indique la siguiente información:

  • Nombre del equipo no previsto en el presupuesto original y utilidad para el proyecto
  • Costo aproximado del mismo
  • Medio de financiación (indicar si para esta compra se dará de baja algún ítem dentro del rubro, si utilizará un remanente de dinero del rubro equipamiento o realizará una reformulación de fondos).

Es importante aclarar que no se aceptarán altas de equipamiento de cómputo en el transcurso de los últimos 6 meses del proyecto. Las altas de equipos de laboratorio dentro de este plazo deberán ser derivadas al FONCyT para su evaluación. Se deberá contar con la aprobación durante la vigencia del proyecto.  

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