- La persona que realice el viaje deberá encontrarse declarada originalmente en el subsidio o bien haber sido dada de alta con fecha previa a la realización del viaje.
- En el caso que haya abonado el pasaje/inscripción/movilidad desde y hacia domicilio mediante tarjeta de crédito deberá adjuntar también una copia del resumen de la tarjeta en el cual se visualice el gasto imputado.
- Recuerde que solamente podrán ser aceptados los gastos que hubiesen sido abonados utilizando la tarjeta de crédito del investigador responsable del proyecto o bien de un miembro del grupo responsable previamente autorizado por la ANPCyT.
- Los viajes que sean efectuados a países no miembros del BID deberán contar con la autorización del FONCyT previa a la realización del mismo. Podrá consultar el listado de países miembros en la escala de viáticos internacionales en el siguiente link).
- Todos los viajes al exterior o interior del país deben ser realizados mediante Aerolíneas Argentinas. Las justificaciones del apartamiento de esta norma, podrá ser únicamente por decisión fundada y anticipada a la adquisición del pasaje, por parte de la máxima autoridad de la Institución Beneficiaria del subsidio, mediante Resolución o Decisión Administrativa. La rendición ante la FUNC de pasajes adquiridos a otras empresas, deberá estar acompañada de la autorización correspondiente.
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